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5. LEGISLACIÓN

A continuación se hará referencia a varios aspectos directamente relacionados con cuestiones jurídicas y que de un modo u otro inciden sobre el desarrollo de las funciones del Cuerpo de Agentes Forestales.

5.1. IMPULSO DE LA LEGISLACIÓN ESPECÍFICA

Existe una obligada necesidad de mejorar y desarrollar parte de la normativa ambiental autonómica, por lo que se instará a su actualización afectando especialmente a:

a) Legislación de caza y pesca: reclamación de la normativa autonómica.

b) Elaboración de los pertinentes Planes para espacios protegidos (PORN, PRUG, Red Natura 2000, embalses y humedales...)

c) Aprobación pendiente de Reglamentos (v.g., en materia de vías pecuarias).

d) Aprobación de planes específicos para especies catalogadas, de acuerdo con la Ley 2/91 para la protección y regulación de la fauna y flora silvestres de la Comunidad de Madrid. Modificación realista de los catálogos autonómicos.

e) Actualización y refundición del INFOMA.

f) Actualización de normativas de aprovechamientos forestales, y elaboración de otras nuevas, por ejemplo en materia de aprovechamientos de hongos.

g) Revisión y actualización de la normativa relacionada con actividades recreativas.

h) Participación directa de representantes del Cuerpo en Consejos específicos (caza, pesca, bosques, fuego...).

i) Finalmente se propone la actualización económica periódica de las sanciones contempladas por las diferentes normas.

5.2. POTESTADES JURÍDICAS.

Se reafirmarán, frente a las diferentes Administraciones (autonómicas o estatales) todas las prerrogativas derivadas de nuestra condición de agentes de la autoridad, indiscutible y claramente reconocida por diferentes normativas. Otro tanto debe ocurrir con el carácter de policía judicial, reconocido desde antiguo y hoy largamente reivindicado, pero aún en entredicho desde algunas esferas administrativas.

5.3. LEY DEL CUERPO

Se procederá a un exhaustivo seguimiento del cumplimiento de sus preceptos, exigiendo, además, su inminente desarrollo reglamentario y normativo.

5.4. INCENDIOS FORESTALES

Teniendo en cuenta la ya mencionada solicitud de reforma y actualización del INFOMA, se proponen además las siguientes medidas:

a) Impulso de la labor de investigación de causas de incendios forestales, reclamando los medios y la formación necesarios para ello. Se debe tomar además conciencia de la importancia de vincular al Cuerpo de Agentes Forestales con esta actividad. Se propone fomentar la iniciativa propia de los agentes para investigar todo incendio forestal.

b) Si bien deberá matizarse claramente en el INFOMA y sus sucesivos protocolos, debe quedar clara las relación entre las cuadrillas retén y el agente forestal durante las labores de extinción, fomentándose en temporada alta de incendios la presencia continua de un agente junto al retén, de quien será responsable en todo momento.

c) Los protocolos del INFOMA deberán anticiparse a la campaña de incendios, y se propondrá la presencia de representantes del Cuerpo en su elaboración.

d) Se impulsará:

I. un único operativo de extinción

II. un único protocolo de actuación para todo el operativo

III. una única central de comunicaciones

IV. más y mejores medios

V. campañas de publicidad adecuadas, y portavoz del operativo único.

 
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