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5.
LEGISLACIÓN
A continuación
se hará referencia a varios
aspectos directamente relacionados con cuestiones jurídicas
y que de un modo u otro inciden sobre el desarrollo de
las funciones del Cuerpo de Agentes Forestales.
5.1. IMPULSO
DE LA LEGISLACIÓN ESPECÍFICA
Existe una obligada
necesidad de mejorar y desarrollar parte de la normativa
ambiental autonómica, por lo que se
instará a su actualización afectando
especialmente a:
a) Legislación de caza y pesca: reclamación
de la normativa autonómica.
b) Elaboración
de los pertinentes Planes para espacios protegidos (PORN,
PRUG, Red Natura 2000, embalses
y humedales...)
c) Aprobación pendiente de Reglamentos (v.g., en materia
de vías pecuarias).
d) Aprobación de planes específicos para especies
catalogadas, de acuerdo con la Ley 2/91 para la protección
y regulación de la fauna y flora silvestres de la
Comunidad de Madrid. Modificación realista de los
catálogos autonómicos.
e) Actualización y refundición
del INFOMA.
f) Actualización de normativas de aprovechamientos
forestales, y elaboración de otras nuevas,
por ejemplo en materia de aprovechamientos de hongos.
g) Revisión y actualización
de la normativa relacionada con actividades recreativas.
h) Participación directa de representantes del Cuerpo
en Consejos específicos (caza, pesca, bosques,
fuego...).
i) Finalmente se
propone la actualización económica
periódica de las sanciones contempladas por
las diferentes normas.
5.2.
POTESTADES JURÍDICAS.
Se reafirmarán, frente a las diferentes Administraciones
(autonómicas o estatales) todas las prerrogativas
derivadas de nuestra condición de agentes de la autoridad,
indiscutible y claramente reconocida por diferentes normativas.
Otro tanto debe ocurrir con el carácter de policía
judicial, reconocido desde antiguo y hoy largamente reivindicado,
pero aún en entredicho desde algunas esferas
administrativas.
5.3. LEY DEL CUERPO
Se procederá a un exhaustivo seguimiento del cumplimiento
de sus preceptos, exigiendo, además, su
inminente desarrollo reglamentario y normativo.
5.4. INCENDIOS FORESTALES
Teniendo en cuenta
la ya mencionada solicitud de reforma y actualización del INFOMA, se proponen además
las siguientes medidas:
a) Impulso de la
labor de investigación de causas
de incendios forestales, reclamando los medios y la formación
necesarios para ello. Se debe tomar además
conciencia de la importancia de vincular al
Cuerpo de Agentes
Forestales con esta actividad. Se propone fomentar
la iniciativa propia
de los agentes para investigar todo incendio
forestal.
b) Si bien deberá matizarse claramente en el INFOMA
y sus sucesivos protocolos, debe quedar clara las relación
entre las cuadrillas retén y el agente forestal durante
las labores de extinción, fomentándose en temporada
alta de incendios la presencia continua de un agente junto
al retén, de quien será responsable
en todo momento.
c) Los protocolos
del INFOMA deberán anticiparse a
la campaña de incendios, y se propondrá la
presencia de representantes del Cuerpo en su elaboración.
d) Se impulsará:
I. un único operativo de extinción
II. un único protocolo de actuación
para todo el operativo
III. una única
central de comunicaciones
IV. más y mejores
medios
V. campañas de publicidad adecuadas, y portavoz del
operativo único.
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