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3. MEDIOS

Se analizan los medios materiales asignados a los integrantes del Cuerpo de Agentes Forestales, como pueden ser diferentes equipamientos personales o comarcales, casas forestales, etc. En primera instancia, se propone la creación en el Cuerpo de un Área Logística destinada al control y gestión de tales efectos.

3.1. VESTUARIO Y UNIFORME

Además de continuar la actual tendencia de mejora del vestuario, se proponen estas otras:

a) Adaptación a las características físicas y climáticas de cada comarca (se demandan diferentes equipos según se trabaje en la cumbre de Peñalara o en la fosa del Tajo).

b) Proporcionar al personal de ambas Escalas una serie de complementos:

a. Vestuario tipo oficina.

b. uniforme para actos oficiales

c. ropa deportiva, en relación con la educación física de los agentes.

Los dos primeros puntos para ambas escalas, si bien en diferente cantidad, según las necesidades.

3.2. VEHÍCULOS

a) Se proponen las siguientes medidas encaminadas a caracterizar los vehículos de trabajo asignados al Cuerpo:

a. Serán de color verde, llevando un distintivo visible del Cuerpo de Agentes Forestales, y una numeración.

b. Portarán rotativos mixtos de color azul y naranja.

c. Como mejora ergonómica, los asientos delanteros serán de tipo neumático.

d. Estarán dotados de cabrestante, enganche de remolque, dispositivo GPS y emisora fija. Por otra parte se les dotará de un equipamiento básico, como botiquín, foco nocturno, cámara fotográfica digital y dispositivo "manos libres" para telefonía móvil.

b) En cada comarca se concertarán talleres mecánicos, para garantizar el adecuado estado y mantenimiento de los vehículos del Cuerpo de Agentes Forestales. Asimismo se propondrán, para cada comarca, instalaciones adecuadas para la limpieza de los vehículos.

c) Además de los vehículos destinados al trabajo diario de cada patrulla, se propone para cada comarca la dotación de la siguiente flota: 1 vehículo para imprevistos o visitas oficiales, 2 vehículos 4x4 largos, y un remolque para transporte de utillaje o herramientas.

d) Finalmente se propone la posibilidad de adquirir para determinadas comarcas, otros medios como motocicletas, embarcaciones, helicóptero, etc.

3.3. EQUIPAMIENTO INDIVIDUAL Y COMARCAL

a) Cada agente forestal será dotado con el correspondiente EPI (equipo de protección individual de incendios) convenientemente diseñado y de una serie de herramientas básicas como prismáticos, llave multiusos, saco de dormir y aislante, linterna frontal, bastón telescópico, etc.

b) Con referencia a cada Oficina Comarcal, se propone una dotación básica consistente, al menos, en:

a. aparatos y herramientas forestales básicas

b. equipamiento informático: ordenador con conexión ADSL, otro ordenador portátil y cámaras fotográficas digitales. De relevante importancia, conexión con red privada intranet de la Comunidad. Licencias de paquetes informáticos. Antivirus, etc.

c. receptores GPS (al menos 2 ó 3 navegadores, más otro aparato topográfico de precisión).

d. telescopio y trípode

e. biblioteca y cartografía

f. armario de seguridad, que entre otras cosas garantice la privacidad de objetos decomisados

g. equipos específicos según comarcas y unidades especializadas

h. maletines de investigación de incendios y de recogida de muestras

i. aparcamiento habilitado con zona de lavado

j. almacén.

k. vestuarios y dependencias para guardias, con locales de aseo (duchas y lavabos), retretes y dependencias para guardias como comedor y dormitorios, acorde, todo, a la normativa en vigor en materia de seguridad y salud en los lugares de trabajo.

l. sala de reuniones, con mesa presidencial grande y espacio para sillas.

m. otros medios que se estimen convenientes.

c) Con la finalidad de mejorar la atención al ciudadano y la gestión administrativa de la comarca, se impulsará la presencia en la misma de funcionarios con funciones administrativas.

3.4. ARMAMENTO

Partiendo de la premisa de que los agentes forestales no constituyen un cuerpo armado, se propone el empleo de armas de forma voluntaria para todo aquel Agente Forestal que lo requiera. También en algunas unidades especializadas, formadas de forma voluntaria, o por ejemplo frente a cuestiones técnicas de caza, o para otros servicios especiales. En estos casos, el agente portará la correspondiente licencia oficial de armas destinada a funcionarios públicos, según determine la normativa específica.

Asimismo, se impulsará la posibilidad de equipar con sprays u otras herramientas de defensa personal.

3.5. CASAS FORESTALES

Acorde con los planteamientos de la Orden 4974/2000, se considera de interés mantener el uso tradicional de vivienda asignado a las casas forestales gestionadas por la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio, matizando la obligación de un estricto cumplimiento de la citada normativa. Además se instará al abandono, por parte de los agentes forestales, de aquellas Oficinas Comarcales y casas forestales propiedad de Ayuntamientos o gestionadas por éstos. Si se da esta posibilidad, deberá hacerse bajo la tutela de la Comunidad y según la normativa mencionada.

3.6. COMUNICACIONES.

En relación a los equipos portátiles de los agentes forestales, se solicitará una cobertura idónea de repetidores y antenas. Al mismo tiempo se propondrá una tendencia a la reducción de aparatos, tratando de integrar toda la tecnología en un único emisor por agente. También se dotará de emisoras fijas los vehículos y las propias Oficinas Comarcales. Finalmente, se propondrán protocolos y cursos de formación que favorezcan comunicaciones correctas y concisas entre los agentes

 
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