3. MEDIOS
Se analizan los medios
materiales asignados a los integrantes del Cuerpo de Agentes
Forestales, como pueden ser diferentes
equipamientos personales o comarcales, casas forestales,
etc. En primera instancia, se propone la creación
en el Cuerpo de un Área Logística destinada
al control y gestión de tales efectos.
3.1. VESTUARIO
Y UNIFORME
Además de continuar
la actual tendencia de mejora del vestuario, se proponen
estas otras:
a) Adaptación a las características físicas
y climáticas de cada comarca (se demandan diferentes
equipos según se trabaje en la cumbre de Peñalara
o en la fosa del Tajo).
b) Proporcionar al personal de ambas Escalas una serie
de complementos:
a. Vestuario tipo oficina.
b. uniforme para actos oficiales
c. ropa deportiva,
en relación con la educación
física de los agentes.
Los dos primeros puntos
para ambas escalas, si bien en diferente cantidad, según
las necesidades.
3.2. VEHÍCULOS
a) Se proponen las
siguientes medidas encaminadas a caracterizar los vehículos
de trabajo asignados al Cuerpo:
a. Serán de color verde, llevando un distintivo
visible del Cuerpo de Agentes Forestales, y una numeración.
b. Portarán
rotativos mixtos de color azul y naranja.
c. Como mejora ergonómica, los asientos delanteros
serán de tipo neumático.
d. Estarán dotados de cabrestante, enganche de remolque,
dispositivo GPS y emisora fija. Por otra parte se les dotará de
un equipamiento básico, como botiquín, foco
nocturno, cámara fotográfica digital y dispositivo "manos
libres" para telefonía móvil.
b) En cada comarca
se concertarán talleres mecánicos,
para garantizar el adecuado estado y mantenimiento de los
vehículos del Cuerpo de Agentes Forestales. Asimismo
se propondrán, para cada comarca, instalaciones
adecuadas para la limpieza de los vehículos.
c) Además de los vehículos destinados al
trabajo diario de cada patrulla, se propone para cada comarca
la dotación de la siguiente flota: 1 vehículo
para imprevistos o visitas oficiales, 2 vehículos
4x4 largos, y un remolque para transporte de utillaje
o herramientas.
d) Finalmente se propone
la posibilidad de adquirir para determinadas comarcas,
otros medios como motocicletas,
embarcaciones, helicóptero, etc.
3.3. EQUIPAMIENTO INDIVIDUAL Y COMARCAL
a) Cada agente forestal
será dotado con el correspondiente
EPI (equipo de protección individual de incendios)
convenientemente diseñado y de una serie de herramientas
básicas como prismáticos, llave multiusos,
saco de dormir y aislante, linterna frontal, bastón
telescópico, etc.
b) Con referencia a
cada Oficina Comarcal, se propone una dotación básica
consistente, al menos, en:
a. aparatos y herramientas
forestales básicas
b. equipamiento
informático: ordenador con conexión
ADSL, otro ordenador portátil y cámaras fotográficas
digitales. De relevante importancia, conexión con
red privada intranet de la Comunidad. Licencias de paquetes
informáticos. Antivirus, etc.
c. receptores GPS
(al menos 2 ó 3 navegadores, más
otro aparato topográfico de precisión).
d. telescopio y
trípode
e. biblioteca y
cartografía
f. armario de seguridad, que entre otras cosas garantice
la privacidad de objetos decomisados
g. equipos específicos según
comarcas y unidades especializadas
h. maletines de
investigación de incendios
y de recogida de muestras
i. aparcamiento habilitado con zona de lavado
j. almacén.
k. vestuarios y dependencias para guardias, con locales
de aseo (duchas y lavabos), retretes y dependencias
para guardias como comedor y dormitorios, acorde, todo,
a
la normativa en vigor en materia de seguridad y salud
en los
lugares de trabajo.
l. sala de reuniones, con mesa presidencial grande
y espacio para sillas.
m. otros medios que se estimen convenientes.
c) Con la finalidad
de mejorar la atención al ciudadano
y la gestión administrativa de la comarca, se impulsará la
presencia en la misma de funcionarios
con funciones administrativas.
3.4. ARMAMENTO
Partiendo de la premisa
de que los agentes forestales no constituyen un cuerpo
armado, se
propone el empleo de armas
de forma voluntaria para todo aquel
Agente Forestal que lo requiera. También en algunas unidades especializadas,
formadas de forma voluntaria, o por ejemplo frente a cuestiones
técnicas de caza, o para otros servicios especiales.
En estos casos, el agente portará la correspondiente
licencia oficial de armas destinada a funcionarios públicos,
según determine la normativa específica.
Asimismo, se impulsará la
posibilidad de equipar con sprays u otras herramientas
de defensa
personal.
3.5. CASAS FORESTALES
Acorde con los planteamientos
de la Orden 4974/2000, se considera de interés mantener el uso tradicional
de vivienda asignado a las casas forestales gestionadas
por la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación
del Territorio, matizando la obligación de un estricto
cumplimiento de la citada normativa. Además se instará al
abandono, por parte de los agentes forestales, de aquellas
Oficinas Comarcales y casas forestales propiedad de Ayuntamientos
o gestionadas por éstos. Si se da esta posibilidad,
deberá hacerse bajo la tutela de la Comunidad y
según la normativa mencionada.
3.6. COMUNICACIONES.
En relación a los equipos portátiles de los
agentes forestales, se solicitará una cobertura
idónea de repetidores y antenas. Al mismo tiempo
se propondrá una tendencia a la reducción
de aparatos, tratando de integrar toda la tecnología
en un único emisor por agente. También se
dotará de emisoras fijas los vehículos y
las propias Oficinas Comarcales. Finalmente, se propondrán
protocolos y cursos de formación
que favorezcan comunicaciones
correctas y concisas
entre los
agentes
|