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2. RECURSOS HUMANOS.

Bajo este epígrafe se agrupan los aspectos relacionados, fundamentalmente, con el ingreso en el Cuerpo de Agentes Forestales, el seguimiento de la estructura de la plantilla y la carrera profesional.

2.1. INGRESO.

1. El Programa de oposición constará de tres partes diferenciadas. Una de Normativa General, otra de normativa específica medioambiental y propia del colectivo y otra técnica.

2. El ingreso se realizará por el sistema de oposición, exigiéndose la titulación de bachiller superior, FP II o equivalente.

3. Las pruebas de acceso se caracterizan como sigue:

1ª Prueba. Prueba física que requiere un previo reconocimiento médico; evaluable como apto o no apto. Un criterio técnico de un organismo oficial decidirá la conveniencia o no de diferenciarlas para hombres y mujeres. Consistirá, básicamente, en un recorrido de 7 km en 35 minutos, sin peso.

2º Prueba. Consistirá en 2 test de 50 preguntas cada uno, uno referido a un temario general y de normativa y el otro al específico.

3ª Prueba. Se sorteará un tema al azar de entre los bloques de normativa y específico, y posteriormente se efectuará un reconocimiento práctico con 30 muestras.

Quienes superen las tres pruebas serán nombrados funcionarios en prácticas y deberán superar un curso selectivo de 4 meses de formación académica y otros 2 meses de prácticas.

4. No existirán bolsas de interinos.

2.2. PROMOCIÓN A LA ESCALA TÉCNICA.

a) La promoción desde la escala operativa a la escala técnica del Cuerpo de Agentes Forestales se realizará mediante el sistema de concurso-oposición, fomentándose la promoción específica, lo que impulsaría a los Agentes Forestales que ya integran la escala operativa. La parte de oposición consistirá en un test y el desarrollo de un tema, además de un curso posterior o academia.

b) Se propone una futura modificación de la Ley 1/2002, de 27 de marzo, por la que se crea el Cuerpo de Agentes Forestales de la Comunidad de Madrid, y que afectaría a su artículo 4, a fin de no restringir con titulaciones específicas el acceso a los grupos A y B de la escala técnica.

2.3. CARRERA PROFESIONAL.

Dentro de la escala operativa, el ascenso a puestos de trabajo superiores será mediante el sistema de concurso de méritos, como marca la Ley de la Función Pública, pero exigiéndose específicamente la formación en materia de "mandos intermedios" a través de la realización de un determinado número de cursos, que deben superarse mediante exámenes.

2.4. FORMACIÓN.

Se propone la creación de un Área de Formación en el seno del Cuerpo de Agentes Forestales, encargada de mejorar la preparación y perfeccionar sus conocimientos. Básicamente cubrirá los siguientes objetivos:

a) Formación de ingreso. Consistente en la preparación de los opositores recién incorporados al Cuerpo, como se señaló anteriormente.

b) Formación continua o de reciclaje. Cursos específicos dirigidos a los componentes del Cuerpo, relacionados con diversas materias de la profesión.

c) Formación destinada a la promoción y carrera profesional.

d) Asimismo, el Área de Formación diseñará cursos de educación física, destinados a mejorar y mantener las condiciones de los agentes, y que podrán puntuar frente a determinados concursos de méritos.

2.5. SEGUIMIENTO DE LA RELACIÓN DE PUESTOS DE TRABAJO (RPT).

Este trámite lógico responde a la necesidad de mantener un control continuo sobre las características y composición de la plantilla del Cuerpo de Agentes Forestales, a fin de localizar posibles irregularidades y solventar posibles incidencias. En definitiva se trata de evitar la "pérdida de plazas", por estar desdotadas, vacantes, etc.

2.6. CRECIMIENTO DEL CUERPO DE AGENTES FORESTALES.

Se busca materializar la estructura propuesta para el Cuerpo de Agentes Forestales mediante la dotación de la Jefatura, de la Escala Técnica y el incremento de ambas Escalas. Se estima en 500 plazas el número de efectivos que debe alcanzar este Cuerpo.

 
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