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2.
RECURSOS HUMANOS.
Bajo
este epígrafe
se agrupan los aspectos relacionados, fundamentalmente,
con el ingreso en el Cuerpo de Agentes
Forestales, el seguimiento de la estructura de la plantilla
y la carrera profesional.
2.1. INGRESO.
1. El Programa de
oposición constará de tres
partes diferenciadas. Una de Normativa General, otra de normativa
específica medioambiental y propia del colectivo y
otra técnica.
2. El ingreso se
realizará por el sistema de oposición,
exigiéndose la titulación de bachiller
superior, FP II o equivalente.
3. Las pruebas de acceso se caracterizan como sigue:
1ª Prueba. Prueba física que requiere un previo
reconocimiento médico; evaluable como apto o no apto.
Un criterio técnico de un organismo oficial decidirá la
conveniencia o no de diferenciarlas para hombres y mujeres.
Consistirá, básicamente, en un recorrido
de 7 km en 35 minutos, sin peso.
2º Prueba. Consistirá en 2 test de 50 preguntas
cada uno, uno referido a un temario general y de normativa
y el otro al específico.
3ª Prueba. Se sorteará un tema al azar de entre
los bloques de normativa y específico, y posteriormente
se efectuará un reconocimiento práctico
con 30 muestras.
Quienes superen las
tres pruebas serán nombrados funcionarios
en prácticas y deberán superar un curso selectivo
de 4 meses de formación académica y otros 2
meses de prácticas.
4. No existirán
bolsas de interinos.
2.2. PROMOCIÓN A LA ESCALA TÉCNICA.
a) La promoción desde la escala operativa a la escala
técnica del Cuerpo de Agentes Forestales se realizará mediante
el sistema de concurso-oposición, fomentándose
la promoción específica, lo que impulsaría
a los Agentes Forestales que ya integran la escala operativa.
La parte de oposición consistirá en un test
y el desarrollo de un tema, además de
un curso posterior o academia.
b) Se propone una
futura modificación de la Ley 1/2002,
de 27 de marzo, por la que se crea el Cuerpo de Agentes Forestales
de la Comunidad de Madrid, y que afectaría a su artículo
4, a fin de no restringir con titulaciones específicas
el acceso a los grupos A y B de la escala técnica.
2.3. CARRERA PROFESIONAL.
Dentro de la escala
operativa, el ascenso a puestos de trabajo superiores será mediante el sistema de concurso de
méritos, como marca la Ley de la Función Pública,
pero exigiéndose específicamente la formación
en materia de "mandos intermedios" a través
de la realización de un determinado número
de cursos, que deben superarse mediante exámenes.
2.4. FORMACIÓN.
Se propone la creación de un Área de Formación
en el seno del Cuerpo de Agentes Forestales, encargada de
mejorar la preparación y perfeccionar sus conocimientos.
Básicamente cubrirá los siguientes
objetivos:
a) Formación de ingreso. Consistente en la preparación
de los opositores recién incorporados al Cuerpo, como
se señaló anteriormente.
b) Formación continua o de reciclaje. Cursos específicos
dirigidos a los componentes del Cuerpo, relacionados con
diversas materias de la profesión.
c) Formación destinada a la promoción
y carrera profesional.
d) Asimismo, el Área de Formación diseñará cursos
de educación física, destinados a mejorar y
mantener las condiciones de los agentes, y que podrán
puntuar frente a determinados concursos de méritos.
2.5. SEGUIMIENTO
DE LA RELACIÓN DE
PUESTOS DE TRABAJO (RPT).
Este trámite lógico responde a la necesidad
de mantener un control continuo sobre las características
y composición de la plantilla del Cuerpo de Agentes
Forestales, a fin de localizar posibles irregularidades y
solventar posibles incidencias. En definitiva se trata de
evitar la "pérdida de plazas",
por estar desdotadas, vacantes, etc.
2.6. CRECIMIENTO DEL CUERPO DE AGENTES FORESTALES.
Se busca materializar
la estructura propuesta para el Cuerpo de Agentes Forestales
mediante
la dotación de la Jefatura,
de la Escala Técnica y el incremento de ambas Escalas.
Se estima en 500 plazas el número
de efectivos que debe alcanzar este Cuerpo.
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