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CAPÍTULO I
DENOMINACIÓN, DOMICILIO SOCIAL NATURALEZA, PRINCIPIOS Y FINES


Artículo 1.- Denominación

1.- El SINDICATO DE AGENTES FORESTALES Y TÉCNICOS AUXILIARES MEDIOAMBIENTALES DE LA COMUNIDAD DE MADRID es una Organización de Agentes Forestales y Técnicos Auxiliares Medioambientales de las distintas Administraciones Públicas de la Comunidad de Madrid en régimen funcionarial.

2.- El SINDICATO DE AGENTES FORESTALES Y TÉCNICOS AUXILIARES MEDIOAMBIENTALES DE LA COMUNIDAD DE MADRID (que en lo sucesivo podrá ser designado por sus siglas SAFTAM) tiene personalidad jurídica propia y plena capacidad de obrar para el cumplimiento de sus fines, conforme a las disposiciones legales vigentes y al contenido de sus propios Estatutos y Reglamentos que los desarrollen.

3.- El emblema del SAFTAM es un contorno físico de la Comunidad de Madrid que envuelve una hoja de roble. Aparecen también interiormente seis bandas de colores que de abajo a arriba son: naranja, amarillo, verde y tres tonalidades de azul. La denominación de la Organización deberá recogerse en todas las publicaciones, documentos públicos, propaganda, etc., de la estructura del SAFTAM.
El diseño del emblema sólo podrá ser modificado por la Comisión Ejecutiva de la Organización a propuesta de los 2/3 de sus miembros.

Artículo 2.- Domicilio social

El SAFTAM tendrá su domicilio social en la calle Sagasta, 13, (28004) Madrid, sin perjuicio de que por decisión de la Comisión Ejecutiva pueda trasladarse a otro distinto, siempre que fuere en la capital.

Artículo 3.- Naturaleza

1.- El SAFTAM es una Organización Sindical con personalidad jurídica propia, que se constituye al amparo del artículo 28 de la Constitución Española, de la Ley 11/85, de 2 de agosto, de Libertad Sindical y las normas complementarias de desarrollo de ésta, y el Convenio número 87 de la Organización Internacional del Trabajo.

2.- El SAFTAM se encuentra federado en la COALICIÓN SINDICAL INDEPENDIENTE DE TRABAJADORES DE MADRID (CSIT-Unión Profesional), supeditando los presentes Estatutos y las estructuras sindicales coincidentes, a las de carácter general de CSIT-Unión Profesional.

3.- Su ámbito de actuación abarca a todo el territorio de la Comunidad de Madrid, pudiendo integrar a todos los Agentes Forestales y Técnicos Auxiliares Medioambientales o similares que presten sus servicios en las distintas administraciones de la Comunidad de Madrid.

4.- El SAFTAM se constituye por tiempo indefinido.

Artículo 4.- Principios

El SAFTAM se declara independiente de cualquier grupo político, religioso, económico o de cualquier otra naturaleza. Su organización, funcionamiento y actuaciones responderán a los siguientes principios:

1.- El SAFTAM desarrolla su actividad en el marco legal de la Constitución Española, respetando la misma como expresión de la voluntad democrática del pueblo español.

2.- Reivindicativo y negociador de buena fe, se orienta hacia la supresión de toda forma de explotación o situación abusiva y la consecución de una sociedad democrática más justa y equilibrada, ejerciendo la oportuna defensa frente a la acción de los poderes públicos.

3.- El SAFTAM defiende de forma prioritaria la pluralidad sindical.

4.- Democrático e independiente. La independencia del SAFTAM se expresa y garantiza por medio de un amplio ejercicio de la democracia y participación de los afiliados en la vida interna del Sindicato. Las asambleas de sus miembros y el funcionamiento democrático de los órganos del SAFTAM y el respeto a las decisiones tomadas por mayoría son la base de su independencia.

5.- Participativo. El mantenimiento de las conquistas sociales de los Agentes Forestales y Técnicos Auxiliares Medioambientales, exige su protagonismo directo. El SAFTAM se propone organizarlos de forma constante con el fin de que estos tengan garantizados los logros conseguidos y avancen a nuevas cotas de influencia y bienestar social.

Asimismo, el SAFTAM ejercerá una especial defensa de la salud laboral, del medio ambiente y del pacifismo, rechazando además cualquier forma de discriminación basada en el sexo, la edad, la morfología física, psíquica o sensorial, la raza, el origen étnico, las convicciones políticas y/o religiosas, así como cualquier otra condición o circunstancia personal o social.

El SAFTAM defenderá, en su práctica sindical, los principios de solidaridad entre los Agentes Forestales y Técnicos Auxiliares Medioambientales y, en su funcionamiento interno, se regirá por un espíritu solidario entre las diversas estructuras del Sindicato.

Artículo 5.- Fines

El SAFTAM tiene como fines, en las distintas Administraciones Públicas:

1.- Defender y fomentar en general los intereses profesionales o específicos y los sistemas de promoción y de empleo de los Agentes Forestales y Técnicos Auxiliares Medioambientales en base a la formación, capacidad, igualdad y mérito, con especial énfasis en la defensa y reivindicación de unas condiciones dignas de trabajo, seguridad social y derechos pasivos que se traduzcan en mayores cotas de seguridad laboral y eficiencia en la prestación del Servicio a los ciudadanos.

2.- Promover el prestigio y buen nombre de los Agentes Forestales y Técnicos Auxiliares Medioambientales y, en su caso, representarlos y defenderlos como tales ante las administraciones, tribunales, etc, con toda la amplitud y medios que se requieran.

3.- Potenciar la promoción para evitar la desmotivación y desprofesionalización de los Agentes Forestales y Técnicos Auxiliares Medioambientales.

4.- Velar por una remuneración justa y adecuada para los Agentes Forestales y Técnicos Auxiliares Medioambientales.

5.- Defender el ejercicio de los derechos de reunión, expresión, manifestación pública y huelga, en la forma prevista en la Constitución y disposiciones que la desarrollan.

6.- Promover el desarrollo de las coberturas sociales de los Agentes Forestales y Técnicos Auxiliares Medioambientales.

7.- Acudir a todas las fórmulas legalmente permitidas para materializar y concretar la solidaridad entre miembros del SAFTAM, cuando ésta se vea agraviada o ignorada en cualquiera de los legítimos aspectos contemplados en el presente articulado y siempre que sea necesario.

8.- Velar por la dignidad, integridad y seguridad laboral de los afiliados al SAFTAM. No permitir que éstos, cualquiera que sea la actividad sindical que ejerzan, sean objeto de discriminación ni merma alguna de sus derechos, por pertenecer o defender los principios del SAFTAM

9.- Promover la formación continuada en todo lo que puede ser de interés público y social para sus afiliados, mediante la creación o participación en entidades o institutos de carácter docente o de formación de trabajadores bajo la forma jurídica que la Comisión Ejecutiva Regional de CSIT-Unión Profesional estime conveniente dentro de los límites establecidos por la legislación vigente.

10.- Potenciar la consolidación, extensión y ampliación del Cuerpo de Agentes Forestales y Técnicos Auxiliares Medioambientales como servicio público, utilizando al máximo sus recursos y universalizando su prestación, con el objetivo de contribuir a favorecer su eficacia y eficiencia.

11.- Defender los derechos económicos, profesionales y sociales, así como el libre ejercicio de los derechos sindicales de los Agentes Forestales y Técnicos Auxiliares Medioambientales.

12.- Defender el derecho a la libertad ideológica y de expresión de todas las personas afiliadas al SAFTAM.

13.- La no discriminación profesional por razón de género.

14.- La lucha contra la corrupción en las Administraciones y servicios públicos, así como la transparencia en la gestión.

15.- Fomentar la solidaridad profesional con aquellas Asociaciones, Sindicatos, etc., o Agentes Forestales o Ambientales del resto del Estado español u otras organizaciones internacionales y otras Asociaciones que fomenten la conservación de la naturaleza.

En general luchará por conseguir que se lleve a cabo una profundización en la reforma de las estructuras y funcionamiento de los Cuerpos de Agentes Forestales y Técnicos Auxiliares Medioambientales y unos mayores índices de profesionalización de sus integrantes, garantizando y respetando valores como igualdad, mérito, capacidad e imparcialidad y los principios de seguridad jurídica y jerarquía, así como los derechos de sus miembros.

 
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