La Asociación Española de Agentes Forestales y Medioambientales (AEAFMA IRF España) mantuvo ayer día 19, una reunión con la Secretaria de Estado del Ministerio del Interior, con objeto de tratar los temas que tenemos pendientes con este Ministerio y que son de su competencia. La reunión se celebró con la presencia de la Directora del Gabinete y un asesor de la Secretaria de Estado del Ministerio y Presidente, Vicepresidente y dos miembros de AEAFMA.
ROTATIVOS AZULES PARA LOS VEHICULOS DE LOS AGENTES FORESTALES.
La Directora del Gabinete nos comentó que nuestra petición es razonable y que no ve ningún inconveniente para que se lleve a efecto esta demanda. Es más, nos dijo que le consta que la Dirección General de Trafico ya ha autorizado el uso de los rotativos azules a la Comunidad Autónoma de Madrid, previa solicitud de esta Administración. Quedamos a la espera del citado documento.
LICENCIA DE ARMAS TIPO “A”
Expusimos, una vez más, claramente nuestra petición. Se trata de que se de un trato justo e igualitario a los Agentes Forestales que en la actualidad portan armas (recordemos, entre otras comunidades Autónomas, Cataluña, Castilla León, Murcia, Andalucía) con respecto a las demás policías, sean estas o no, Fuerzas y Cuerpos de la Seguridad del Estado.
Solicitamos que el carné profesional sea el documento que habilite para portar armas bajo licencia de tipo “A”, que es la que corresponde a los funcionarios públicos. Nos parece injusto que se expida a los Agentes Forestales, en las diferentes intervenciones de armas, la licencia de tipo “C”, licencia que nos equipara a los guardas particulares de campo y a la seguridad privada. Se da la circunstancia que Agentes Forestales que usan esta herramienta con la licencia de tipo “C”, han de sacarse además, llegado el caso, la licencia de tipo “D” para el control de fauna de caza menor, y “E” si es de caza mayor, o una autorización Especial para usar rifles anestesiantes.
Además solicitamos que por operatividad, en los casos que sean necesarios y así lo soliciten las Comunidades Autónomas, como es en la actualidad Murcia, se sustituya el arma larga, por una corta.
Por último, insistimos ante los miembros del Ministerio del Interior, que nuestra petición no va encaminada a solicitar armas para todo el colectivo. Esa no es nuestra pretensión. La competencia, en este caso, la tienen las Comunidades Autónomas, y AEAFMA es y será respetuosa con la decisión que éstas adopten sobre esta materia.
Se nos respondió, en este caso por un Asesor de la Secretaria de Estado, alto mando de la Guardia Civil, que al igual que el punto anterior, nuestra petición era razonable, pero que la solución a este problema pasa por modificar el Reglamento de Armas, y ello, en la actualidad, es un poco complicado puesto que las prioridades del Ministerio están dirigidas a los temas de inmigración y lucha contra el terrorismo. Además a solo tres meses de la elecciones políticas, no hay tiempo material para modificar el Real Decreto, pero que intentarían buscar formulas alternativas para resolver este tema y que se nos daría un a respuesta por escrito en breve tiempo.
REGULAR MEDIANTE LEY ORGANICA A LAS POLICIAS ADMINISTRATIVAS ESPECIALES, CON EL FIN DE GARANTIZAR NUESTRAS POTESTADES JURIDICAS.
Tomando como ejemplo el caso Madrid, se reiteró la necesidad de estudiar la regulación por vía de Ley orgánica las facultades de las policías administrativas especiales, como es el caso de los Agentes Forestales, Vigilantes de Aduanas y otros, con el fin de proteger y armonizar las potestades jurídicas de estos cuerpos.
Se comentaron brevemente las posibilidades existentes:
- Ley marco de regulación de las Policías Administrativas, la que más nos gusta pero la más difícil de conseguir, puesto que no hay una demanda social sobre este tema.
- Modificación de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, complicado por la complejidad de la esta ley y los consensos necesarios para sacar una reforma de este tipo.
- Reforma de la Ley de Fuerzas y cuerpos de Seguridad del Estado, de momento con sus dificultades, la que podría tener más posibilidades. En este caso estaríamos regulados por esta ley, pero no como miembros de la Fuerzas y Cuerpo de la Seguridad del Estado y tampoco estarlo como auxiliares de estos Cuerpos como en la actualidad lo estamos.