LEY
2/2002, DE 19 DE JUNIO, DE EVALUACIÓN AMBIENTAL
DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
(BOCM de 1 de julio de 2002, nº 154) 
DISPOSICIÓN
DEROGATORIA ÚNICA.
1. Quedan expresamente
derogadas las siguientes disposiciones:
La Ley 3/1988, de
13 de octubre, para la Gestión
del Medio Ambiente de la Comunidad de Madrid.
La Ley 10/1991, de
4 de abril, para la Protección
del Medio Ambiente.
El Decreto 19/1992,
de 13 de marzo, que modifica parcialmente los anexos de
la Ley 10/1991 de 4 de
abril.
El Decreto 123/1996, de 1 de agosto, por el que se modifica
el anexo segundo de la Ley 10/1991, de 4 de abril.
2. Quedan igualmente derogadas cuantas disposiciones,
de igual o inferior rango, se opongan a lo establecido
en
esta Ley.
3. Queda vigente, en
lo que no se oponga a esta Ley y en tanto no se dicte un
nuevo Reglamento, el Decreto
73/1996,
de 16 de mayo, por el que se aprueba el reglamento
de
los Funcionarios de la Escala de Agentes Ambientales,
integrada
en el Cuerpo de Técnicos Auxiliares Medioambientales
de la Administración Especial de la Comunidad
de Madrid.
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