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Inicio / Agentes Forestales / Normativa profesional / Acuerdo de mejoras de las condiciones de trabajo de los Agentes Forestales 2005-2007
 
 
 
 
 
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ACUERDO DE LA MESA SECTORIAL DEL PERSONAL FUNCIONARIO DE ADMINISTRACIÓN Y SERVICIOS, POR EL QUE SE RATIFICA EL ACUERDO DE LA CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE Y ORDENACIÓN DEL TERRITORIO CON LAS ORGANIZACIONES SINDICALES MÁS REPRESENTATIVAS PARA LA MEJORA DE LAS CONDICIONES DE TRABAJO DE AGENTES FORESTALES Y ADECUACIONES ORGANIZATIVAS EN APLICACIÓN DE LA LEY 1/2002, CORRESPONDIENTE AL PERÍODO 2005-2007 ACUERDO DE LA MESA SECTORIAL DEL PERSONAL FUNCIONARIO DE ADMINISTRACIÓN Y SERVICIOS, POR EL QUE SE RATIFICA EL ACUERDO DE LA CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE Y ORDENACIÓN DEL TERRITORIO CON LAS ORGANIZACIONES SINDICALES MÁS REPRESENTATIVAS PARA LA MEJORA DE LAS CONDICIONES DE TRABAJO DE AGENTES FORESTALES Y ADECUACIONES ORGANIZATIVAS EN APLICACIÓN DE LA LEY 1/2002, CORRESPONDIENTE AL PERÍODO 2005-2007

MEDIDA OCTAVA:
ACCIONES FORMATIVAS PARA LA OBTENCIÓN DEL PERMISO DE CONDUCCIÓN BTP

Al objeto de facilitar la obtención del Permiso de Conducción de Vehículos BTP por parte de todos los Agentes Forestales que carezcan del mismo, se establecerá un calendario bianual para la realización de cursos sobre esta materia, en los que podrán participar los miembros del Cuerpo de Agentes Forestales que se encuentren en dicha situación, de tal forma que en el plazo de dos planes de formación todos los Agentes dispongan del permiso. Para ello se prevé recabar la colaboración del ISES CM, en términos que comenzarán a estudiarse de inmediato.

MEDIDA NOVENA:
CONSTITUCIÓN DE UNA COMISIÓN TÉCNICA PARA LA EVALUACIÓN DE RIESGOS LABORALES

Dentro de los dos meses siguientes a la firma del presente Acuerdo se constituirá una Comisión Técnica para la evaluación de riesgos laborales, en la que participarán representantes de la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio y del Servicio de Prevención de la Dirección General de Función Pública, así como de las organizaciones sindicales. Dicha Comisión se encargará de efectuar un estudio sobre las especialidades y singularidades que, en materia de seguridad y salud en el trabajo, se deriven de las funciones específicas desarrolladas por los miembros del Cuerpo de Agentes Forestales. Como consecuencia de los resultados de dicho estudio, con anterioridad a la finalización del año 2006 se propondrá un catálogo de riesgos laborales particulares para los miembros de dicho Cuerpo.

MEDIDA DÉCIMA:
IMPLANTACIÓN DE LA TARJETA PERSONAL DE ACREDITACIÓN

En el plazo máximo de tres meses se procederá a determinar reglamentariamente el modelo de Tarjeta o Placa Personal de Acreditación de Agentes Forestales, en la que figurarán aquellos datos que posibiliten su identificación y su carácter de Agentes de la Autoridad, así como el número identificativo personal (NIP) privativo de cada Agente, que podrá ser utilizado en cuantas denuncias formule el personal del citado Cuerpo. Para ello se procederá previamente a la creación del registro correspondiente, que deberá ajustarse a la normativa en vigor en materia de protección de datos. Asimismo, en el plazo máximo de seis meses deberá efectuarse la entrega de la referida Tarjeta o Placa a todos los miembros de este Cuerpo. Con anterioridad a la aprobación del modelo de Tarjeta o Placa Personal de Acreditación se consultará a los correspondientes representantes sindicales, a fin de que puedan formular observaciones y sugerencias.

 
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