ACUERDO DE LA MESA SECTORIAL DEL PERSONAL FUNCIONARIO DE ADMINISTRACIÓN Y SERVICIOS SOBRE JORNADA Y HORARIO DEL COLECTIVO DE AGENTES FORESTALES 
ACUERDO
El artículo 13.3.2 del Acuerdo Sectorial del personal funcionario de administración y servicios 2004-2007, encomendó a la Mesa Técnica los estudios procedentes de cara a la adecuación de la jornada de los Agentes Forestales, estableciendo que los preacuerdos alcanzados en tal sentido, se elevarán a la Mesa Sectorial del personal funcionario de administración y servicios para su aprobación. Asimismo, el Acuerdo de 13 de julio de 2005, estableció la garantía de la implantación de la jornada semanal de 35 horas en cómputo anual a todos los funcionarios pertenecientes al Cuerpo de Agentes Forestales.
En virtud de lo anterior, en relación a la jornada y horario se adopta el siguiente Acuerdo:
1.- Desde el 1 de julio de 2007, la jornada anual de aplicación a los funcionarios de la Escala Operativa del Cuerpo de Agentes Forestales será la ordinaria de 1.533 horas anuales.
La específica distribución de la jornada de trabajo se adecuará a lo establecido en el Anexo, así como a las concretas previsiones de calendario laboral.
2.- En el año 2007, los funcionarios de la Escala Operativa del Cuerpo de Agentes Forestales percibirán, por una sola vez, un Complemento de Adecuación de funciones por importe de 1.200 € anuales, que retribuirá la paulatina adaptación y el acomodo de las funciones del personal del Cuerpo a las necesidades planteadas.
3.- En el convencimiento de que la prestación del servicio demandará adecuaciones en las funciones a desarrollar por el personal del Cuerpo do Agentes Forestales y adaptaciones diversas a nuevas realidades, tanto normativas como de hecho, en el año 2008 la Administración procederá a la modificación del la RPT incrementando el Complemento Específico de todos los puestos de trabajo del Cuerpo de Agentes Forestales en un importe de 1.500 € anuales (sin costes sociales).
4.- Como medida de adecuación de estos puestos en el contexto de la ordenación y modernización de la Función Pública y conforme a la previsión que -en su medida primera- realizó el Acuerdo de 13 de julio de 2005 sobre valoración cíe la procedencia de la asignación a los puestos de trabajo de Agente Forestal de un NCD 17, los firmantes de este Acuerdo propondrán a los órganos creados para el reparto del Fondo de adecuación de puestos de trabajo a que se refiere la Disposición Transitoria Decimocuarta del Acuerdo Sectorial del personal funcionario de administración servicios, la asignación, con cargo al mencionado Fondo, de un nivel de Complemento de Destino 17 a los puestos de trabajo denominados “Agente Forestal”.
Madrid, 8 de mayo de 2007.
POR LA ADMINISTRACIÓN
POR CC.OO, POR UGT,
POR CSIT-UP, POR CSI-CSIF,
ANEXO
JORNADA Y HORARIO DE LOS MIEMBROS DEL CUERPO DE AGENTES FORESTALES.
1. Condiciones generales.
2. Jornadas ordinarias en días laborables, domingos y festivos.
3. Jornadas de guardia de 24 horas.
4. Pausas retribuidas.
5. Licencias, permisos y vacaciones anuales.
6. Organización de los servicios en las comarcas forestales.
7. Modificaciones en los cuadrantes anuales y trimestrales.
8. Formación.
9. Mejoras retributivas.
10. Mejora del Complemento de Destino.
CLÁUSULA FINAL.
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